Hay una frase recurrente en estos meses de pandemia: “el teletrabajo llegó para quedarse”. Pero ¿qué pasa con los accidentes de trabajo en este contexto? ¿El avance de las formas remotas de organización del trabajo implica la eliminación de los accidentes laborales? La realidad es que el teletrabajo no ha suprimido los riesgos laborales, especialmente si tenemos en cuenta que las personas que teletrabajan están trabajando más horas que cuando iban a una oficina. En ese sentido, estar sentado por mucho tiempo, la ausencia de ejercicio, el descuido en los hábitos alimenticios y el aislamiento social, entre otros, se convierten en factores de riesgo en el teletrabajo. ¿Cómo administrar los riesgos laborales ante el avance de las nuevas modalidades de trabajo? En esta entrada queremos hablar de tres aspectos que pueden ser importantes para la identificación y, especialmente, la administración de los riesgos laborales.
Riesgos laborales más allá de la oficina
El avance de nuevas modalidades de trabajo ha sido posible gracias al desarrollo continuo de las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC), pero no necesariamente ha estado acompañado de un desarrollo similar en la legislación y regulación sobre los elementos que hacen parte de estas formas de organización laboral. Por ejemplo, el teletrabajo y el trabajo en casa no son lo mismo. La legislación colombiana, tal vez la más avanzada en esta materia en la región, establece que el teletrabajo es una forma de organización laboral que se desarrolla por medio de las TIC y en la que no se requiere presencialidad física; mientras que el trabajo en casa es autorizado de forma temporal o excepcional sin que cumpla con todos los requisitos legales del teletrabajo. Esta precisión, que parece menor, se presta para que haya confusiones entre los actores involucrados en el teletrabajo, particularmente en la definición de responsabilidades en ámbitos como la prevención de riesgos laborales. La ausencia de claridad en esto lleva a que se abran brechas regulatorias que afectan a todos los actores implicados en el mercado laboral: Estado, empleadores, contratantes y contratistas.
El teletrabajo y el trabajo en casa no son lo mismo. Esta precisión, que parece menor, se presta para que haya confusiones entre los actores involucrados en el teletrabajo.
En segundo lugar, el teletrabajo hizo que la valoración de los riesgos laborales cambiara, así como también la manera de atenderlos. Por la naturaleza de las actividades realizadas, los principales riesgos laborales en el teletrabajo son los psicosociales y los biomecánicos. Como lo señala un estudio divulgado por el Instituto Nacional de Salud (NIH) de Estados Unidos, el riesgo psicosocial en el teletrabajo está determinado por factores como el aislamiento social en la esfera profesional y la eliminación de barreras entre el tiempo de trabajo y el tiempo personal, cada uno de estos con diferentes escalas de amplificación o reducción en el contexto de la pandemia. Otro riesgo psicosocial señalado por el NIH es de tipo comportamental, en tanto que el teletrabajo puede llevar, por ejemplo, a un mayor grado de ansiedad por cuenta de las responsabilidades laborales.
Por la naturaleza de las actividades realizadas, los principales riesgos laborales en el teletrabajo son los psicosociales y los biomecánicos.
Por otra parte, los riegos biomecánicos están determinados por factores tales como exceso de fuerza, posturas inadecuadas o movimientos repetitivos por parte del trabajador; pudiendo afectar partes del cuerpo como su cuello, manos o espalda. Es cierto que los efectos de estar sentado durante más de ocho horas existen tanto en la oficina como en la casa, pero lo que cambia ahora es la valoración de las sillas que estamos usando y, más ampliamente, de nuestro espacio de trabajo. En condiciones ideales, una oficina está diseñada para reducir los riesgos asociados al uso continuo no solo de la silla, sino también de otras herramientas de trabajo como el teclado o el ratón. Además, se tienen en cuenta normativas técnicas en ámbitos como construcción e iluminación.
En tercer lugar, se encuentra el reto de la intervención de los riesgos laborales ante escenarios de menor control de los empleadores sobre los trabajadores. En una concepción tradicional del trabajo, el empleador tiene una mayor capacidad de control de los riesgos a los que están expuestos sus trabajadores. Cuando hablamos de teletrabajo o trabajo en casa, los empleadores no tienen conocimiento completo sobre los factores que puedan incidir en un accidente de trabajo.
Garantizar la continuidad de las operaciones y la seguridad de los trabajadores
La necesidad de trabajar de forma remota reveló que no todo el mundo estaba preparado para dar ese paso, incrementando los factores físicos y psicológicos que afectaban a los trabajadores. De continuarse con la dinámica de teletrabajo, trabajo en casa o alternancia, se requerirá una acción conjunta y coordinada para la definición precisa de responsabilidades entre los empleadores, los trabajadores y las organizaciones a cargo de la administración de riesgos laborales. Es necesario definir mecanismos de acción que ayuden a garantizar la continuidad de las operaciones al tiempo que se protege en la mayor medida posible la seguridad de los trabajadores donde sea que realicen sus actividades laborales, acatando los estándares de seguridad y salud en el trabajo. Si “el teletrabajo llegó para quedarse”, habrá que hacerlo más seguro para todos los actores involucrados.
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