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Desde el siglo XVII, con el surgimiento de la primera revista científica de la Royal Society, denominada Philosophical Transactions, los científicos escogieron a las revistas científicas para comunicar sus resultados, y hacerlos públicos, refutables e interpelables por la comunidad científica. De aquella fecha a la actualidad han sucedido muchas cosas, estas revistas se han convertido en el principal sistema de comunicación de los hallazgos científicos, y se calcula que existen alrededor de 80 mil revistas de este tipo en el mundo.
A pesar de su relevancia, con el paso del tiempo hemos atestiguado una creciente tendencia a la comercialización de las revistas científicas, pero ante todo conviene recordar que el conocimiento es un bien público, cuyo acceso es un derecho y que su apropiación frena el desarrollo de la sociedad, la innovación y el conocimiento mismo. Es entonces importante preguntarnos cómo han evolucionado los debates con respecto al tema y en qué punto nos encontramos.
El conocimiento, el acceso abierto y la propiedad
Las revistas científicas siempre tuvieron como objetivo comunicar y ser el medio para que cualquiera pudiera publicar resultados avalados por el filtro de la revisión por pares, que a su vez garantizan la relevancia, la aportación y la consistencia del conocimiento compartido. Sin embargo, después de la segunda guerra mundial, la industria editorial comercial empezó a adquirir estas revistas y a construir sistemas editoriales fuertes y monopólicos que modificaron toda la estructura de la comunicación de la ciencia.
En lo que va del siglo se han hecho importantes esfuerzos para revertir esta tendencia ya que un número importante de países, asociaciones profesionales y universidades, con base en las declaraciones de Budapest, Berlin y Bethesda (también llamadas “Tres B”), han decidido emprender acciones para que el conocimiento producido esté al acceso de todos, o sea de acceso abierto, sin restricciones y bajo dos modelos principales:
- Modelo Oro: que es un modelo comercial que traslada el pago de suscripción al pago por publicación o procesamiento (APC, por sus siglas en inglés), o sea la institución o el autor tiene que pagar, pero el lector no.
- Modelo Diamante: que no cobra por leer o publicar y principalmente está controlado por el sector académico.
En lo que respecta a las licencias para compartir y/o trabajar con el contenido disponible, las visiones tradicionales europeas y norteamericanas han favorecido un acceso abierto bajo la licencia de Creative Commons CC-BY, que permite el uso, modificación y comercialización requiriendo solamente que se cite al autor y a la publicación original. Sin embargo, se ha hablado de que esta licencia puede obstaculizar los objetivos buscados de abrir y crear equidad e inclusión estructurales, como fue el lema de la semana de acceso abierto del 2020. En líneas generales se puede resaltar que la licencia CC-BY puede ser contraproducente para el acceso abierto porque la gratuidad de la información, que solo condiciona a citar al autor y a la publicación, hace que:
- cualquiera lo pueda tomar para los fines que guste,
- que lo modifique en la manera que le resulte conveniente,
- que añada los elementos que considere necesarios,
- que someta al texto a una traducción automática sin rigurosidad,
- que comercialice la obra y se beneficie de forma privada de un bien público,
- y finalmente, puede impedir el acceso a otros al comercializarlo y en consecuencia cerrarlo en términos estrictos a quien no pueda pagar.
En resumen, la licencia CC-BY tiene la capacidad de hacer que lo que hoy está abierto, mañana se cierre detrás de un muro de pago.
Otro tipo de licencias como la CC BY-SA obliga a que la obra modificada sea compartida igual y esto garantiza que siempre lo que está abierto se mantenga así, lo que a su vez conlleva la democratización del conocimiento sirviendo de insumo a la innovación de forma permanente. Sin embargo, esta democratización del conocimiento puede asegurarse aún más si se usa una licencia CC BY-NC-SA, porque asegura que todos tengan acceso, que hagan un uso legítimo académico, social y cultural, pero también impide que exista un beneficio particular, que alguien pueda lucrar con el conocimiento en cuestión y ello haga un nuevo muro de pago.
La Declaración de México
El 15 de diciembre de 2017, el Sistema Regional de Información en Línea para Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal (LATINDEX), la Red de Revistas Científicas de América Latina y el Caribe, España y Portugal (REDALYC), el Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales (CLACSO), y el Instituto Brasileiro de Informação em Ciência e Tecnologia (IBICT), lanzaron la “Declaración de México a Favor del Ecosistema Latinoamericano de Acceso Abierto No Comercial”:
“Una declaración conjunta (…) sobre el uso de la licencia CC BY-NC-SA para garantizar la protección de la producción académica y científica de acceso abierto.”
Declaración de México
Por sus características, la licencia CC BY-NC-SA:
- No permite el uso de la obra con fines comerciales y obliga a que esta se mantenga en las condiciones que define la licencia y cualquier modificación, en un caso particular, sea con autorización del propietario de los Derechos de Copyright.
- Permite compartir, distribuir, descargar y utilizar el material para fines académicos: por ejemplo, incorprarlo a los recursos educativos, hacer una antología cuya información se puede compartir, pero no vender.
- Por más que crezca la cadena, se sigue impidiendo que alguien lucre con ello y pueda impedir su acceso en cualquier tramo del circuito.
- Las nuevas obras, derivadas de la obra original, deberán contar con la misma licencia: CC BY-NC-SA.
Los autores involucrados en esta declaración pensamos que el acceso abierto es el movimiento que puede permitir que los académicos, y no intereses ajenos, retomen el control de las publicaciones académicas, ya que este sector es el único con la fortaleza que brindan las infraestructuras universitarias para reforzar la misión de enseñar, investigar y difundir la cultura. El sector académico tiene la obligación de permitir que el conocimiento generado por las universidades (expresado en revistas, libros, materiales educativos, etc.) se mantenga cumpliendo su función como bien público.
Compromisos importantes para apoyar el acceso abierto en las publicaciones académicas
En México, investigaciones recientes muestran que el 68.13 % de los documentos que fueron financiados por el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), se publicaron en revistas de acceso restringido. Consideramos que esta realidad no es distinta para el resto de los países en Latinoamérica y por ello hacemos énfasis en que las universidades y las infraestructuras de los países en la región deben de comprometerse a:
- Incorporar lo abierto a sus procesos educativos, reforzando la calidad y construyendo infraestructuras que permitan el acceso a todo el que cuente con acceso a internet.
- Destinar parte de los recursos que hoy se destinan a materiales científicos y académicos a fortalecer y expandir los procesos educativos en abierto
- Construir políticas públicas que permitan poner a disposición lo que ha sido financiado con recursos o infraestructura pública, como lo exije la Ley de Acceso Abierto de 2014 o las recientes modificaciones al artículo 3ero Constitucional, fracción V, en México.
Invitamos a los lectores de este artículo a referirse a la Declaración de México, para indagar aún más sobre sus antecedentes y sus expectativas.
Por Eduardo Aguado-López, académico de la Universidad Autónoma del Estado de México fundador de Redalyc, y cofundador de AmeliCA.
Eliseo Ortega Dice
Desafortunadamente algunas instituciones educativas, no están teniendo una iniciativa al respecto. Me parece demasiado interesante lo plateado y en este sentido, me gustaría hacer algo para seguir con el legado de la libertad. Gracias por compartir este artículo!