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7 novedades del Tratado México – Estados Unidos – Canadá, el nuevo TLCAN

March 13, 2020 by José Martín García Sanjinés Deja un comentario


En los próximos meses se prevé que entre en vigor el nuevo tratado de libre comercio de América del Norte, ahora llamado Tratado México – Estados Unidos – Canadá (TMEC). Esos tres países constituyen el mayor bloque de integración económica y comercial del hemisferio occidental.

El nuevo acuerdo contiene numerosas disposiciones que cobijan bienes, tecnologías y avances en el comercio que no existían en 1994, cuando el TLCAN -o NAFTA- entró en vigor. Ante su inminente ratificación, les presento siete de los puntos más relevantes del nuevo acuerdo:

1) Aranceles y reglas de origen

El nuevo acuerdo mantiene cero arancel a todos los productos que cumplen con las reglas de origen, que son los criterios que un producto debe cumplir para ser considerado originario de uno de los países firmantes del acuerdo. Sin embargo, algunas reglas de origen sufrieron cambios.

Por ejemplo, el TMEC requiere que el 75% de los componentes de un automóvil o camión sean producidos en cualquiera de los tres países (antes era del 62.5%) y, para el 2023, al menos 40% de esos componentes deben producirse por trabajadores que ganen al menos US$16 por ahora. Es incierto cómo este cambio afectará a la industria automotriz y a los consumidores, pero se vislumbra que el valor de los autos producidos entre los tres países aumente si los productores y distribuidores no pueden absorber los nuevos costos.

2) Certificación y Verificación de Origen

En el TLCAN, los exportadores y productores podían emitir certificados de origen para que sus bienes recibieran el trato arancelario preferencial. En el TMEC, se permite también a los importadores emitir certificados de origen, para lo cual también deben demonstrar que el bien cumple con la regla de origen.

Igualmente se fortalecen los procedimientos para verificar que un bien amparado en un certificado de origen efectivamente cumple con la norma de procedencia nacional. Además, se crea un capítulo especial de procedimientos para la verificación de productos textiles y de vestido.

3) Aduanas y Facilitación del Comercio

El TMEC incluye un capítulo nuevo basado en el Acuerdo de Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y otros instrumentos internacionales, que podría contribuir a reducir los costos logísticos del comercio.

El tratado establece compromisos tales como el que las aduanas operen en base a los principios de la gestión de riesgo para lograr que éstas sean más asertivas y puedan así reducir sus inspecciones, con el fin de agilizar los embarques en las fronteras. Asimismo, a que se coordinen con las demás entidades competentes en el despacho del comercio exterior e implementen ventanillas únicas de comercio exterior (VUCE) y apliquen los principios de gestión coordinada de fronteras (GCF), incluso para implantar programas de despacho conjunto de mercancías.

La idea es que, por ejemplo, cuando arribe un cargamento de aguacates de México a la aduana de Estados Unidos, se inspeccionen al mismo tiempo el camión por parte de la autoridad aduanera, los aguacates por parte de la autoridad agrícola y el estado del vehículo por parte de la autoridad del transporte, en lugar de tener que parar en tres lugares diferentes hasta ser liberado.

Además, se crea un Comité de Facilitación del Comercio, cuyo fin es discutir y recomendar medidas y procedimientos para facilitar los intercambios entre los tres países.

4) Aplicación de las Leyes Comerciales y de Aduanas

Se crea una nueva sección que busca que las autoridades aduaneras de los tres países fortalezcan sus capacidades para combatir el fraude comercial y el contrabando. Aunque los tres países ya contaban con acuerdos administrativos entre sí para intercambiar información y cooperar en la investigación de estos casos, este capítulo eleva a nivel de tratado esa cooperación y permite la colaboración trilateral.

Por otra parte, se crea un Comité para la Aplicación de las Leyes Comerciales y Aduaneras para enfrentar el comercio ilícito de manera conjunta y reducir el impacto directo que estas actividades tienen sobre la economía y la sociedad.

5) Comercio de Bienes Digitales

En respuesta a la transformación digital de los últimos 25 años, los tres países acordaron promover y proteger el comercio de bienes digitales. El nuevo capítulo busca fortalecer la protección de la información en operaciones comerciales, asegurar el flujo de la información y la neutralidad en el tratamiento de las tecnologías, limitar los requisitos sobre en dónde se debe localizar la información, exentar de aranceles y comisiones las ventas de productos digitales y facilitar la cooperación en ciberseguridad.

Así, por ejemplo, un desarrollador de soluciones de software en México ahora tiene mayor certeza de los beneficios arancelarios y no arancelarios que su producto o servicio tendrá al ingresar a los mercados de Estados Unidos y Canadá. Además, la producción de películas, por ejemplo las realizadas por Netflix, podrá seguir creciendo en México al contar con esa certeza jurídica y trato preferencial.

6) Propiedad Intelectual

El acuerdo fortalece la protección de los derechos de propiedad intelectual, al preservar y proteger patentes de innovadores y derechos de autor. Asimismo, fortalece la protección de indicaciones geográficas y el combate a la piratería, al mismo tiempo que se expande el alcance de la validez de las marcas.

De esta forma, los tres países se vuelven aliados en la defensa de su creatividad y sus productos como, por ejemplo, un videojuego producido por un estudio canadiense o un tequila producido dentro de la zona de denominación de origen en territorio mexicano.

7) Protocolo Modificatorio del TMEC

En 2018 se negoció un protocolo modificatorio del acuerdo, el cual contiene enmiendas a los capítulos de reglas de origen, propiedad intelectual, laboral, solución de controversias y protección ambiental. Algunas de esas enmiendas pueden impactar la forma en que hoy día se producen muchos bienes que se comercian entre los tres países.

En lo laboral, por ejemplo, funcionarios de Estados Unidos podrán supervisar y denunciar si se violan ciertas disposiciones de las leyes laborales en empresas mexicanas. Un panel, compuesto por representantes de los dos gobiernos y un experto independiente, estudiaría la denuncia y en caso de comprobarse Estados Unidos podría negar trato arancelario preferencial o el ingreso a su territorio de los bienes producidos por la empresa denunciada y sus filiales.

Entrada en vigor del nuevo tratado

Los congresos de México y Estados Unidos, así como el parlamento canadiense, ya aprobaron el TMEC. Por lo tanto, el acuerdo entrará en vigor el primer día del tercer mes en el que los tres gobiernos se intercambien cartas notificándose que en cada país se han cumplido todos los requisitos aplicables.

El TMEC incluye muchos otros capítulos en materias tan variadas como Energía y Servicios Transfronterizos. Le invitamos a leer el contenido completo del TMEC y su protocolo modificatorio.


Archivado Bajo:Integración Regional y Acuerdos Comerciales Etiquetado con:Acuerdo comercial, Comercio internacional, Tratados Comerciales

José Martín García Sanjinés

José Martín es consultor interno de la División de Comercio e Inversión del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Anteriormente fue el Representante de la Secretaría de Hacienda de México y el Servicio de Administración Tributaria de México en Washington durante más de 26 años. José Martín fue uno de los negociadores de las disposiciones en materia aduanera, de facilitación del comercio, certificación y verificación de origen, y fiscalización de las operaciones de comercio exterior, del recientemente concluido Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC).

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