Alexandra Cordero es una joven madre de tres niños que siempre ha vivido limitadamente y ha criado a sus hijos con muchísimo esfuerzo, en condiciones difíciles y con muchas carencias. La pobreza la llevó a instalarse con su familia en un humilde rancho hecho de cartones, tablas y latas al margen de un talud del puente sobre el Río Cañas, en la provincia de Guanacaste en Costa Rica.
Desde la puerta de su casa nos recibió ya hace algunos meses con su voz cordial y su actitud positiva a pesar de las vicisitudes de su vida. Mientras nos atendía narraba sus peripecias para arreglárselas en aquellas condiciones, con todas sus necesidades y a la vez nos compartía sus ilusiones, sin imaginar que nos despediríamos con una gran noticia: pronto iban a estrenar casa nueva, una casa lejos de la ladera donde vivían a su suerte, rogando que su rancho no fuera arrastrado por una corriente de agua o por uno de los dos mil camiones que pasan en frente.
Esta y otras seis familias más son beneficiarias del Plan de Reasentamiento Involuntario (PRI) del programa acordado entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes -ente Ejecutor- y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para brindar atención justa y humanitaria a las personas que habitan en la zona donde se desarrollarán obras del nuevo puente sobre el río Cañas. La Política Operativa sobre Reasentamiento Involuntario del BID establece la obligación de implementar medidas para evitar o mitigar los riesgos de alteraciones en la forma de vida ocasionadas y el mayor empobrecimiento de las personas por proyectos financiados por el BID.
En este caso, por tratarse de familias ocupando terrenos pertenecientes al derecho de vía bajo el marco jurídico costarricense que resguarda los bienes de dominio público, las familias tendrían que ser desalojadas y únicamente procedería otorgarles compensación o indemnización económica calculada sobre el valor de las “inversiones en las infraestructuras” de los desplazados y, en caso de tener mucha suerte, serían incorporadas en la larga fila de la beneficencia social. No obstante, bajo la normativa del BID esas medidas no serían suficientes pues el espíritu de la política es que, como mínimo, el proyecto no empobrezca ni deteriore las condiciones de vida de las comunidades en las áreas de influencia de los proyectos sino que, por el contrario, mejoren las condiciones de vida de los afectados.
El propósito del PRI es asegurarse de dar a cada una de las familias beneficiarias un trato digno acorde con sus necesidades y situaciones particulares determinadas a través de un estudio de línea base sobre sus condiciones socioeconómicas. Algunas familias, como la de doña Alexandra, recibieron en especie subsidios temporales de vivienda que les permitieron reinstalarse en viviendas de alquiler mientras se construían sus casas. En los casos de hogares con presencia de figura paterna el registro de la nueva propiedad fue dado en forma mancomunada a la pareja, asegurando la protección del patrimonio familiar y un trato igualitario en términos de género.
No fue fácil que una agencia vial, acostumbrada de por vida a la aplicación de un marco normativo diferente, aceptara destinar recursos del programa para financiar el reasentamiento de estas familias y, dentro de sus enmarañadas reglas contables, pudiera encontrar cabida a algo tan inusual como donar casas. En el caso de Costa Rica, la clave para institucionalizar este enfoque de desarrollo de obra pública fue sin duda alguna la creación de una Unidad de Gestión Ambiental y Social (UGAS) acompañada de una intensa y sostenida asistencia técnica. Esta UGAS ha desarrollado estrategias muy efectivas de sensibilización para las autoridades y los funcionarios a cargo de la gestión de los proyectos logrando así el compromiso de incorporar la gestión socio-ambiental como un aspecto intrínseco en el trabajo.
La última vez que visitamos el nuevo hogar de doña Alexandra ella estaba cocinando el almuerzo para sus hijos que regresaban de la escuela. Mientras tanto, a unos centenares de metros ya finalizaban las obras del nuevo puente en el río Cañas, reduciendo la brecha de infraestructura vial del país.
Síguenos en Twitter: @BIDTransporte
Carlos Villalta dice
Efectivamente costó mucho alterar el pensamiento de quienes sólo están acostumbrados a que se paguen por las obras y no por los Planes de Reasentamiento Involuntario y todo lo que esto comprende. En nuestro país el derecho de vía es inalienable y por tanto, cualquier persona que invada este derecho debe ser removido y cualquier bien que se encuentre allí debe ser demolido. La excepción que permite la Política Operativa sobre Reasentamiento Involuntario del BID verdaderamente es una herramienta humanística que debe ser valorada por sus efectos positivos sobre los afectados del proyecto.