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Juicios orales: ¿El fin de la pesadilla kafkiana en la justicia?

October 26, 2018 by Mauricio García Mejía 4 Comentarios


Algún tiempo atrás compartimos una receta para mejorar la eficiencia de un sistema judicial. Hoy agregamos un ingrediente adicional: ¡Hay que migrar hacia los juicios orales!

La experiencia latinoamericana con la introducción de la oralidad en los procesos judiciales siempre ha parecido muy positiva. Existe una abundante literatura que sugiere que los juicios orales fortalecen el debido proceso, así como la celeridad y eficiencia. Gracias a la oralidad, al finalizar la audiencia el juez dispone de toda la información necesaria para llegar a una decisión, lo cual acorta los plazos del juicio. Además, el reemplazo del papel por una videograbación para las audiencias permite ahorrar el tiempo de la transcripción y liberar recursos humanos encargados de esa tarea (¡ni hablar de los miles árboles que se dejan de talar al año!).

En los juicios orales, las partes hablan delante del juez, lo que facilita que el magistrado atienda directamente sus caso y lo resuelva en un lapso menor.

En un juicio oral, las partes procesales tienen la posibilidad de hablar en persona con el juez, lo que facilita que el magistrado atienda directamente sus caso y lo resuelva en un lapso menor. Esto refuerza la aplicación de los principios de inmediación y de concentración de la prueba, tan importantes en un juicio.

Además, los expertos también sugieren que la oralidad alienta la confianza de los ciudadanos en la administración de la justicia, garantiza el acceso a la justicia sin temores y contribuye a una mayor transparencia, ya que todo el caso se resuelve a través de una audiencia pública.

El impacto real de los juicios orales

El único “pero” hasta ahora era que no existía ninguna investigación científica para identificar el impacto causal de la oralidad en el desempeño del sistema de justicia. En su lugar, la literatura empírica se ha estado basando principalmente en análisis cualitativos -o, en su defecto, en métodos cuantitativos menos rigurosos como, por ejemplo, comparaciones antes y después de la reforma-.

Esta brecha de análisis nos animó a realizar una evaluación empírica del impacto de los juicios orales a partir de la experiencia de Ecuador, que desde 2016 estableció la oralidad en todos los tipos de procesos judiciales -exceptuando los procesos penales. En esta reforma se redujeron los tipos de procesos judiciales de 80 a tan sólo 4. También se redujeron al mínimo los trámites escritos, y se dispuso que los casos se discutieran y resolvieran en audiencias orales. En general, se trató de una reforma orientada a agilizar el funcionamiento de la justicia y a reducir los costos que los largos litigios implican para la administración de justicia y para los ciudadanos.

Los resultados fueron muy alentadores. En términos generales, el proceso oral redujo en al menos un 25% el tiempo de duración promedio de un juicio. Sin embargo, este efecto no fue estándar en todas las áreas. Si bien hubo reducciones en todas las materias, las causas de familia, laborales y civiles son las que más se beneficiaron con una reducción de al menos un 31%, un 20% y un 14% en el plazo de duración respectivamente. También hubo una importante variabilidad geográfica en los resultados.

Efecto de la oralidad en el tiempo de resolución de causas, antes y después de la reforma de Ecuador en 2016. Fuente: BID.

Algo interesante del análisis es que permitió aislar el efecto del cambio de la ley en la eficiencia de la administración de justicia del resto de reformas que venían generando una tendencia en la reducción de los plazos judiciales (introducción de tecnologías de información y comunicaciones, eficiencia en la administración de despachos y servicios de soporte, mejoras en la infraestructura física, etc.).

La importancia de tener jueces con “habilidades blandas”

Si bien el impacto de la introducción de la oralidad en los juicios ha sido netamente positivo para Ecuador, se observa que fue considerablemente más positivo en aquellos jueces que fueron capacitados en “habilidades blandas” (técnicas y destrezas para la dirección de audiencias, manejo de conflictos, formulación de preguntas, escucha activa, etc.) para la gestión de las audiencias orales. La principal diferencia entre jueces radica en el tiempo de resolución de una causa. La duración promedio de un juicio tratado por jueces que finalizaron la capacitación en “habilidades blandas” es entre un 50% y un 80% menor que en el caso de las causas manejadas por jueces que no participaron de la capacitación o no la finalizaron.

La duración promedio de un juicio tratado por jueces que finalizaron la capacitación en “habilidades blandas” es entre un 50% y un 80% menor

En América Latina, los sistemas de justicia están en muchos casos saturados. Y si bien no hay una única reforma que resuelva todos los problemas, analizar el impacto de las reformas que se van acometiendo nos ayuda a entender mejor qué herramientas son más efectivas. La pesadilla que nos describió magistralmente Franz Kafka en “El Proceso”- tan dolorosamente cercana a la realidad- de juicios misteriosos, que para la mayoría de los mortales son incomprensibles, inaccesibles, inciertos, secretos y además eternos, podría ser resuelta con una buena dosis de oralidad. ¿O no?


Archivado Bajo:Sin categorizar Etiquetado con:Ecuador, habilidades blandas, jueces, juicios orales, reforma de justicia, seguridad ciudadana

Mauricio García Mejía

Mauricio García Mejía es Especialista Líder en Modernización del Estado del Banco Interamericano de Desarrollo. Antes de unirse al BID, coordinó el Programa para la Reforma de la Administración de Justicia y fue Secretario Técnico de la Comisión Nacional para la Reforma de la Administración de Justicia en Perú. También se desempeñó como Asesor Ministerial en el Ministerio de la Presidencia y fue Gerente de Desarrollo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada en el mismo país. Tiene un Master en Administración Pública de la Escuela de Gobierno de la Universidad de Harvard, una Maestría en Gestión y Políticas Públicas de la Universidad de Chile y es Licenciado en Derecho por la Universidad de Costa Rica. Es Doctor en Administración y Gobierno por la Universidad Complutense de Madrid.

Reader Interactions

Comments

  1. Nelson ESCOBAR DIEZ Dice

    October 29, 2018 at 4:06 pm

    Para fortalecer la confianza de los ciudadanos en la administracion de justicia, tiene que ser agil y oportuna en el tiempo.No puede seguir ocurriendo que en latinoamerica la vida probable de un abogado sean dos o tres procesos ordinarios !

    Si la oralidad, o procesos breves, son el camino, adelante!!!hay que intentarlo lo mas pronto posible.. pero por favor:

    1- Que no sigan abriendo, ni patrocinando, ni otorgando licencias a las hoy inumerables facultades de derecho. Las hay por todas partes y sobre todo estilo garaje!

    2- Que nosostros como abogados,y por ende los administradores de justicia,estemos obligados a presentar examenenes de actualizacion por lo menos cada 5 anos, para seguir conservando la licencia para el ejercicio profesional.NO TANTO ABOGADO!Somos demasiados y su crecimiento exponencial no es bueno para nadie!

    3- Ampliar los pensum de la Carrera del derecho, mas economia, mas contabilidad, mas comercio internacional, mas hermeneutica; y sobre todo no estar tan pegados ,de la exegesis recalcitrante, es fatal!

    4- Para ejercerla catedra universitaria; deben cumplirse unos requisites minimos de experiencia relevante.(parecidos a los exigidos para ejercer la judicatura.

    5- Revisar con urgencia el proceso,para que los jueces NO sean nombrados por politicos.EU es una excepcion,ya que hace mucho tiempo los magistrados de las altas cortes son propuestos por el ejecutivo y ratificados por el congreso(legislativo),..pero creo que ha funcionado, se debe seguir buscando fortalecer la escogencia de personas que adminsitran justicia con dignidad e independencia.Es decir en aquellos tiempos donde el juez era de las personas mas respetadas en el pueblo!

    6- Sentencias de las altas cortes NO Deben tener mas instancias, excepto casos de revision por la aparicion de hechos nuevos o que de haberse conocido en su tiempo hubiese generado posicion contraria a lo fallado.

    ES URGENTE LA REFORMA A LA JUSTICIA EN LATINOAMERICA, sino queremos que la impunidad,la desconfianza aumenten y la institucionalidad desaparezca !
    P/ pido disculpas por las tildes,

    ATT,
    Nelson ESCOBAR DIEZ
    BID

    Reply
  2. Pedro Yanez Dice

    October 31, 2018 at 7:21 pm

    Creo que ha existido un avance sin lugar a dudas, pero dejaron por fuera asuntos que son ineludibles del engranaje sistémico que tiene la justicia entre: autoridades de policía, autoridades de policía judicial, autoridades del sistema carcelario, autoridades del Ministerio de Justicia y del Ministerio público, junto a gobierno de turno y ciudadanía en general, no obstante del eje en el conocimiento como lo es el Ministerio de educación para las facultades de derecho, juega un papel preponderante en la divulgación y formación del conocimiento. Es decir todavía queda un 80%, por hacer diría de acuerdo con mi experiencia en el sector público. Saludos

    Reply
  3. Luis Cayujra Dice

    March 7, 2019 at 5:38 pm

    Excelente iniciativa de investigación y promoción de TICs que puede servir a las administraciones de justicia de L.A. para superar sus antiguos lastres de ineficiencia y corrupción.

    Las TICs deben ser la plataforma o herramienta central. de las reformas en la región. Bolivia tiene un sistema de justicia pésimo; aportes como estos sirven para formular e implementar reformas de justicia efectivos y exitosos para beneficio de los ciudadanos.

    Saludos.

    Reply
  4. Lydia Marina Flores Granados Dice

    November 26, 2019 at 8:27 pm

    Definitivamente la oralidad no sòlo en el proceso penal acusatorio, también en los procesos civiles y mercantiles dan al derecho esa velocidad y agilidad necesarias para no seguir estancados frente a procesos amañados, misteriosos, ya que en la oralidad lo que prevalece es la transparencia y el debido proceso, a fin de dar resoluciones apegadas a derecho en una forma àgil y segura.

    Reply

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